Hablemos de tu futuro
Todos los trabajadores tienen la obligación de aportar el 10% de su renta imponible para construir su futura pensión. Estas cotizaciones son proporcionales a sus ingresos, pero sólo hasta cierto límite máximo, el que se conoce como tope imponible, fijado por la Superintendencia de Pensiones y que desde enero de 2024 corresponde a 84,3 UF. Luego, quienes ganan por sobre este monto cotizarán sólo por el tope, algo que podría alejarlos de obtener una pensión cercana a su renta.
Es el monto máximo que se aplica a las rentas para calcular los pagos previsionales y es establecido anualmente por la Superintendencia de Pensiones. Actualmente, corresponde a 84,3 UF, alrededor de 3.169.133 (valor UF 19 julio 2024: 37.593,51).
Para quienes ganan por sobre el tope, esto podría representar una brecha a la hora de alcanzar una pensión acorde a sus expectativas. Este tope imponible afecta a todas aquellas personas cuyo sueldo imponible sea mayor a este monto, ya que sus cotizaciones se calcularán considerando este tope y no en relación al monto total que ganan.
Cuando tu empleador realiza el pago de tus cotizaciones previsionales, debes tener en cuenta que se pueden ocasionar errores y/o equivocaciones, por lo que es importante que revises constantemente su pago y que efectivamente corresponda al 10% de tu sueldo imponible, para que así no se vea afectado el monto de tu futura pensión al momento de jubilarte.
En el caso que tu 10% se encuentre sobre el tope imponible, puedes aumentar tus ahorros previsionales a través de distintos instrumentos, como es el caso del Ahorro Previsional Voluntario (APV). Este producto puede ser contratado en una administradora de fondos de pensiones o en cualquier otra institución autorizada por la legislación, como compañías de seguros, bancos y corredoras de bolsas.
Los saldos de un APV son inembargables y cuentan con beneficios tributarios dependiendo del tipo de régimen tributario elegido.